Documentos necesarios para la boda religiosa

4 noviembre 2011 | Por angelica

Para poder realizar nuestra boda por la iglesia necesitamos varios documentos.

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Veamos cuales son los papeles necesarios:
  • Fotocopia del Documento Nacional de Identidad DNI, Pasaporte o Tarjeta de Residencia.
  • Partida de Bautismo: expide en la iglesia donde fueron bautizados los novios. Tarda unos cinco meses aproximadamente.
  • Partida de Nacimiento de cada uno d los novios. Algunas parroquias no la consideran necesario y solo les basta con el libro de familia. La partida de nacimiento se obtiene en el Registro Civil del lugar de nacimiento. Tarda aproximadamente 5-7 días en tenerlo.
  • Certificado de confirmación.
  • Certificado de soltería eclesiástica.
  • Certificado del cursillo prematrimonial; te lo entregan al acabar el curso.
  • Las Amonestaciones: es un trámite necesario si te casas por la iglesia. El sacerdote os hace una serie de preguntas juntos y de forma individual para conocer vuestras intenciones. Tras confirmar el sacerdote los buenos propósitos de los cónyuges, este deberá hacerlo público en el tablón de la capilla o a viva voz al final de la misa.
  • Los expedientes matrimoniales; es un documento tramitado por la parroquia de los novio. Incluye:
  1. -         Datos personales de los novios
  2. -         Nombre de la sede eclesiástica en la que se realizar la boda y el lugar de dicha diócesis.
  3. -         La firma de dos testigos. Ambos testigos deben ser de mayor edad.
Si los novios son de diócesis diferentes a la que pertenece la parroquia donde se van a dar el “sí, quiero”, entonces cada uno de los novios deberá presentar el expediente por separado en el obispado que le corresponda. En casos especiales se pedirán también los siguientes documentos:
  • Las Dispensas: solo se pide cuando de los novios procede una religión diferente a la católica o no está bautizado.
  • Partida de defunción del cónyuge: En el caso de  que alguno de los novios fuese viudo/a.
  • Permiso paterno; si alguno de los prometidos fuese menor de edad.
Y una vez ya convertidos en marido y mujer, tenéis que registrar vuestro matrimonio en el Registro Civil para que vuestra boda sea reconocida legalmente. Fuente imagen: bodaestilo

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